Cambio de horario temporal del 01 de marzo al 15 de abril de 2021, — lunes a jueves: de 07:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a 6:00 p.m. — Viernes de 07:00 a.m. a 12:00 m. y de 1:00 p.m. a las 4:00 p.m.
RESOLUCIÓN No. 027
Febrero 26 de 2021
» POR LA CUAL SE ESTABLECE TEMPORALMENTE EL HORARIO LABORAL DE LOS EMPLEADOS DEL INSTITUTO MUNICIPAL DE EDUCACIÓN FÍSICA, DEPORTE Y RECREACIÓN DE RIONEGRO -IMER.»
La Gerente General del INSTITUTO MUNICIPAL DE EDUCACION FISICA, DEPORTE Y RECREACION DE RIONEGRO- IMER, en uso de sus facultades legales y en especial las conferidas por el Decreto 593 de 2017, Acuerdo 051 de 1995, modificado por el Acuerdo 019 de 2017, y
CONSIDERANDO:
Que el Decreto 1083 de 2015, «por medio del cual se expide el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública»,” señala en el ARTÍCULO 2.2.5.5.51 Descanso compensado: Al empleado público se le podrá otorgar descanso compensado para semana santa y festividades de fin de año, siempre y cuando haya compensado el tiempo laboral equivalente al tiempo del descanso, de acuerdo con la programación que establezca cada entidad, la cual deberá garantizar la continuidad y no afectación en la prestación del servicio”.
De acuerdo con la norma, se considera procedente que las entidades u organismos públicos otorguen a sus empleados descanso compensado en el caso de la semana santa y las festividades de fin de año, para lo cual la entidad debe establecer una programación de tal manera que se garantice la prestación de los servicios a cargo de la entidad.
Cabe precisar que la norma condiciona el descanso a favor del empleado público en el entendido que este debe compensar el tiempo laboral equivalente al tiempo del descanso, de tal manera, que el tiempo que el empleado va a disfrutar como descanso, se labore con anterioridad al inicio del disfrute.
R E S U E L V E
ARTICULO PRIMERO: Modificar transitoriamente el horario laboral fijado para los empleados del Instituto Municipal De Educación Física, Deporte Y Recreación de Rionegro- IMER, a partir del 01 de marzo al 15 de abril de 2021, período durante el cual se prestará el servicio de la siguiente manera: lunes a jueves de las 07:00 a las 12:00 horas y de las 13:00 a las 18:00 horas. Viernes de las 07:00 a las 12:00 horas y de las 13:00 a las 16:00 horas.
ARTICULO SEGUNDO: Los funcionarios que se encuentran prestando sus servicios desde las oficinas del instituto, compensarán el tiempo de la siguiente manera:
- A través del apoyo y acompañamiento en las Vías Activas Saludables-VAS los días miércoles y domingo, de acuerdo a la programación proyectada por el líder encargado.
- Laborando una (1) hora adicional del horario establecido de acuerdo a la programación previamente concertada con el líder de Desarrollo Organizacional.
PARAGRAFO PRIMERO: Los funcionarios que a la fecha se encuentran realizando trabajo en casa, prestaran sus servicios en el horario establecido en la presente resolución.
ARTICULO TERCERO: Ordenar el descanso remunerado de todos los empleados del Instituto Municipal De Educación Física, Deporte Y Recreación de Rionegro- IMER los días del 29 al 31 de marzo de 2021, ambas fechas inclusive, en razón a la compensación de estos durante el periodo del 01 de marzo al 15 de abril de 2021.
ARTICULO CUARTO: Publicar a los usuarios, en lugares físicos y medios virtuales la presente resolución.
ARTICULO QUINTO: La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.
PUBLÍQUESE Y CÚMPLASE
YISED BAENA ARISTIZABAL
Gerente IMER